NARANJO GIL & ASOCIADOS ABOGADOS
IDEAS ABANDONADAS
El Albergue de la Creatividad Jurídica
VACACIONES
Llegan
las
vacaciones
de
Semana
Santa
y
seguro
que
más
de
uno
de
nuestros
seguidores,
amigos y clientes está preparando esa escapada tan deseada del inicio de la primavera.
Pero
el
hecho
de
que
nos
preparemos
con
ilusión
no
implica
que
todo
vaya
a
salir
como
deseamos, porque las cancelaciones de los vuelos pueden aguarte tus mini vacaciones.
La
cancelación
de
un
vuelo
implica
un
incumplimiento
por
parte
de
la
compañía
aérea,
el
cual
puede
tener
su
origen
en
huelgas,
incidencias
de
tipo
atmosférico
y
un
sinfín
de
causas
que
convertirán
tu
dulce
cántico
de
vacaciones
en
un
amargo
momento,
creándote
un
problema
con
el,
que
en
muchas
ocasiones,
no
habías
contado.
Pero
como
no
hay
problema
sin
solución
¿QUÉ HACER SI NOS CANCELAN EL VUELO?
1
.
Que te reembolso del billete o el cambio por un nuevo viaje tienen derecho a elegir entre:
2
.
La
DEVOLUCIÓN
DEL
IMPORTE
DEL
BILLETE
en
el
plazo
de
siete
días,
incluida
la
parte
del viaje que ya hubiera realizado o las que le quedaran por realizar
3
.
MEDIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE lo más rápido posible.
RECUERDA
Ante
la
cancelación
de
un
vuelo,
la
compañía
debe
cubrir
los
gastos
de
manutención
o
alojamiento,
si
fuera
necesario,
así
como
las
llamadas
telefónicas, etc.
Eso
sí,
DEBES
DE
conservar
las
pruebas
de
los
gastos
en
que
haya
incurrido,
para
poder exigir la devolución del dinero.
¿TENGO DERECHO A UNA
INDEMNIZACIÓN?
Salvo en los casos en los que se demuestre que el incidente se debió a circunstancias
excepcionales o en el caso de que la cancelación se hubiese comunicado con la antelación
suficiente. En caso contrario, tendrás derecho a ser indemnizad@ en función de la distancia y
trayecto, sin perjuicio de las reclamaciones que quieras presentar en función de los daños
que te hayan ocasionado
Buen fin de semana
Si necesitas más ayuda sobre este tema o cualquier otro, SOLICITA TU CITA
© 2016 Sonia María Naranjo Gil
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