NARANJO GIL & ASOCIADOS ABOGADOS
¿POR QUÉ TENGO QUE PAGAR A LAS SGAE POR TENER UN TELEVISOR O UN
APARATO DE MÚSICA EN MI LOCAL?
Seguramente has oído lo de que hay que pagar un canon a la SGAE (Sociedad General de Autores y Editores) por
tener un aparato de música y/ o televisor en tu bar de copas. ¿POR QUÉ TENGO QUE PAGAR?...
Todo será más fácil de entender si nos remontamos a qué son las SGAE, que quizás es la que más suena a todo el
mundo en la calle cuando escucha hablar sobre derechos de autor.
Te lo voy a explicar para que no tengas dudas de por
qué y para qué se paga a las entidades de gestión
colectiva.
Las SGAE es una entidad de gestión colectiva de
derechos de autor y ¿QUÉ SON LAS
ENTIDADES DE GESTIÓN COLECTIVA?
Las entidades de gestión colectiva son entidades sin
ánimo de lucro que tiene por objeto la gestión de los
derechos de explotación y otros de contenido
patrimonial, por cuenta y en interés de varios autores
que, previamente, se han afiliado a esa entidad.
Estas entidades se encuentran autorizadas por el
Ministerio de Cultura y entre ella se encuentran:
SGAE: Sociedad General de Autores y
Editores),
CEDRO (Centro español de derechos
reprográficos),VEGAP (Visual entidad de gestión de artistas plásticos)
DAMA (Derechos de autor de medios audiovisuales).
AIE (Artistas intérpretes o ejecutantes, sociedad de gestión de España,
AISGE (Artistas intérpretes, sociedad de gestión).
Para los productores AGEDI (Asociación de gestión de derechos intelectuales)
EGEDA (Entidad de Gestión de Derechos de los productores audiovisuales).
Sin embargo, muchos empresarios y locales que hacen uso de obras audiovisuales y musicales, nos platean los
siguientes problemas:
a
.
Tengo Spotify en su versión Premium y pongo música en mi local ¿tengo que pagar a las SGAE?
Sí
debes
de
pagar
a
las
SGAE.
De
un
lado
porque
Spotify
solo
es
para
uso
personal,
con
lo
que
ya
estaríamos
violando
el
acuerdo
con
el
mismo
y,
de
otro,
porque
si
queremos
usar
música
en
nuestro
local, inevitablemente y por ley, debemos de pagar a las SGAE.
a
.
Pero
es
que
en
mi
local
solo
ponemos
la
radio
y
las
Radios
ya
pagan
sus
derechos
de
autor.
En
este
caso,
no
olvides
que
estás
en
un
establecimiento
abierto
al
público
y
en
el
que
tanto
la
música
como
las
emisiones
de
televisión
pueden
ser
un
reclamo
para
atraer
clientes
a
tu
local,
así
que
se
produce
lo
que
denominamos comunicación pública y hay que pagar.
b
.
c
.
Y
si
tenemos
contratado
hilo
musical
Solo
tienes
que
mostrar
el
contrato
suscrito
con
el
proveedor
de
ambientación
musical,
donde
indica
que
el
pago
de
los
derechos
de
autor
está
incluido
en
el
servicio
proporcionado.En caso de que no se encuentre incluido, habrás de abonar la tasa a las SGAE.
Si
usas
música
en
un
local
abierto
al
público,
debes
de
abonar
la
tasa
a
la
correspondiente
entidad
de
gestión
colectiva.
De ejemplo de pago te pondremos el último titular de la Web Site
w
ww.vozpopuli.com
que dice que ;
“ HBO y Netflix no han pagado derechos de autor a las SGAE desde que llegaron a España
Netflix
acaba
de
regular
la
situación
con
las
entidades
de
gestión,
mientras
HBO
y
la
SGAE
negocian
un
acuerdo
al
respecto.
La
española
Filmin
paga
los
derechos
desde
que
comenzó
a
operar (
https://www.vozpopuli.com/economia-y-finanzas/HBO-Netflix-derechos-autor-
S
GAE_0_1319268813.html
)
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