NARANJO GIL & ASOCIADOS ABOGADOS
IDEAS ABANDONADAS
El Albergue de la Creatividad Jurídica
¡ME MULTARON!
Llegamos a nuestra residencia habitual de la vuelta de unas vacaciones fantásticas de las que no queríamos volver,
Ahora empaquetar a los niños destino al colegio, la vuelta al trabajo, la toma de contacto con nuestra residencia
habitual, revisar el correo que llegó mientras estábamos ausente y¡ SORPRESA!…. NOS HAN MULTADO.
Ese viaje destino tus vacaciones y las prisas por llegar te ha costado un poco caro.
¿QUÉ HACER SI NOS HAN MULTADO?
Si tenemos conciencia de nuestra culpabilidad, PACIENCIA
Las sanciones de tráfico impuestas por la DGT SE PUEDEN PAGAR EN PERÍODO VOLUNTARIO, es decir, dentro
de los 20 días naturales siguientes desde que te notificaron la denuncia con un importe reducido al 50 %. Estos son
los siguientes medios que puedes emplear para pagarla:
Por internet a través de la DGT con tu tarjeta de crédito o débito.
Llamando al teléfono 060
En cualquier oficina de correos
En cualquier sucursal del Banco Santander
Ahora bien, resulta que no conducías tú y ha recibido un requerimiento para que identifique a un conductor
responsable de una infracción, puede realizar este trámite a través de Internet, sin necesidad de certificado digital ni
de DNI electrónico en la Web www.dgt.es
IDENTIFICAR AL CONDUCTOR
Si resulta que le dejaste el coche a tu amigo alemán o bien la persona
que conducía no tenía el permiso adecuado para ello. En ambos casos,
no es posible identificar desde la web de la DGT a conductores que no
residan en territorio español o carezcan del permiso adecuado. En
estos casos tendrá que hacerlo por escrito.
Por
correo:
devolviendo
el
impreso
que
ha
recibido,
debidamente
cumplimentado,
a
la
dirección
de
la
Jefatura
Provincial
de
Tráfico
que
le
aparece
en
el
impreso
recibido,
o al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.
Por
fax:
remitiendo
el
impreso
que
ha
recibido,
debidamente
cumplimentado,
al
número
de
fax:
902
512
151
En caso de que NO IDENTIFIQUE AL CONDUCTOR responsable de la
infracción la sanción no tiene reducción del 50 % del importe de la
multa
Pese a todo, no estás de acuerdo con la multa. No olvides que el
plazo para presentar ALEGACIONES o para proponer/aportar PRUEBAS, en los expedientes sancionadores
tramitados por la Dirección General de Tráfico, es de 20 días naturales contados desde el día siguiente al de la
recepción de la notificación por el interesado, o, en el caso de que no haya podido notificarse, desde el día siguiente
al de su publicación en el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico. El plazo para presentar RECURSO DE
REPOSICIÓN es de UN MES contado desde el día siguiente al de la recepción de la notificación por el interesado,
o, en el caso de que no haya podido notificarse, desde el día siguiente al de su publicación en el Tablón Edictal de
Sanciones de Tráfico.
RECUERDA que muchos seguros de vehículo tienen el servicio de recurrirte las multas pudiendo, en ocasiones,
elegir el profesional que lo haga.
Bienvenido a la vuelta a tu vida habitual….
© 2015 Sonia María Naranjo Gil
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