NARANJO GIL & ASOCIADOS ABOGADOS
IDEAS ABANDONADAS
El Albergue de la Creatividad Jurídica
CALABAZAS O CASTAÑAS?
Por
estas
fechas,
en
las
calles
comienzan
a
aparecer
puestos
de
castañas
asadas
que
llenan
todo
de
ese
aroma
tan
característico
de
la
“pre-Navidad”.
Llega
la
“Noches
de
los
Finaos”
en
las
que
se
reúnen
amigos
y
fami...liares
a
conversar
y
comen
los
frutos
del
otoño:
castañas,
nueces,
manzanas
del
país,
regado
con
anís
o
con
nuestro
dulce
ron miel
Pese
a
nuestras
bonitas,
antiguas
y
bien
arraigas
tradiciones
populares
canarias,
no
podemos
obviar
que
la
llegada
de
la
globalización
ha
provocado
la
permeabilidad
de
tradiciones
tan
ajenas
a
nuestro
folklore
como
la
noche
de
Halloween
dando
paso
a
la
creatividad
de
los
profesionales
del
maquillaje,
convertidos
en
Makeup
Artist
que,
en
no
pocas
ocasiones,
crean
verdaderas
obras
de
arte
impregnadas
de
una
tremenda
creatividad
donde
la
piel
se
convierte
en
lienzo
y
la
expresión
del
rostro
colabora
a
producir
el
efecto
aterrador deseado de esa noche de difuntos.
Los
profesionales
del
Salón
de
Estética
Noabel
nos
ha
cedido
esta
fotografía
de
uno
de
sus
modelos
con
un
maquillaje
para
Halloween
y
estoy
segura
que,
en
algún
momento,
se
habrán
preguntado:
¿Tienen
mis
creaciones
derechos de autor?....
Nuestra
ley
de
propiedad
intelectual
establece
en
su
artículo
10.1
e)
que:
“…Son
objeto
de
propiedad
intelectual
todas
las
creaciones
originales
literarias,
artísticas
o
científicas
expresadas
por
cualquier
medio
o
soporte,
tangible o intangible, actualmente conocido o que se invente en el futuro:
e)Las
esculturas
y
las
obras
de
pintura,
dibujo,
grabado,
litografía
y
las
historietas
gráficas,
tebeos
o
cómics,
así
como
sus
ensayos
o
bocetos
y
las
demás obras plásticas, sean o no aplicadas”
Será
entonces
la
originalidad
de
ese
maquillaje
lo
que
haga
que
se
produzca
la
determinación
para
gozar
del
carácter
de
creación
amparada
en
el
artículo
10.1
e)
de
ley
de
propiedad
intelectual.
Sin
embargo,
la
originalidad
es
un
concepto sujeto a las contingencias de la opinión pública.
El
Tribunal
Supremo
ha
establecido
que
habrá
que
considerar
la
originalidad
desde
un
punto
de
vista
objetivo
cuando
constituya
una
novedad
;
es
decir,
una
creación
nueva
que
no
hubiese
existido
hasta
entonces,
y
desde
el
punto
de
vista
subjetivo,
en
cuanto
que
expresa
la
personalidad
del
autor
sin
copiar una obra anterior.
En
cualquier
caso,
comas
castañas
o
calabazas,
feliz
Noche
de
Finaos
o
de
Halloween…
y,
en
ambos
casos,
no
te
olvides de lo que te dice Ana Torroja del grupo Mecano “Sombra aquí, sombra allá, Maquíllate, maquíllate...”
©Sonia Maria Naranjo Gil,2014.
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Imagen cedida por Salón de Estética Noabel
@Mabel Naranjo Gil